La empresa Deloitte Inc. fue presuntamente favorecida con la adjudicación de un contrato de más de medio millón de dólares para realizar las auditorías externas en Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A.
Y es que repentinamente se agregó un requisito al pliego de cargos, que hizo que las empresas proponentes fueran descartadas. Esto a través de una adenda que la administración del Aeropuerto de Tocumen emitió después de la segunda reunión de homologación.
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Se acordó que los proponentes certificaran que habían realizado auditorías externas a tres empresas privadas o entidades públicas con ingresos mínimos de 300 millones de dólares y activos de 1,000 millones dólares durante los últimos cinco años. Deloitte Inc., fue el único oferente que la cumplió.
Sobre este proceso, el abogado Miguel Antonio Bernal dijo que esto evidencia que en Panamá se ha vuelto costumbre adaptar las licitaciones, de antemano, para favorecer a los amigos o socios de empresas. "Todo indica que los señores de Tocumen en un abierto abuso de autoridad y extralimitaciones de funciones están haciendo de las suyas nuevamente", acotó.
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También destacó que "estas cosas pasan con la complicidad manifiesta, entre otros, de los procuradores Eduardo Ulloa y Rigoberto González, que no cumplen con las atribuciones que le da la ley para actuar de inmediato. Y el contralor (Gerardo Solís) sabe también que estas cosas no se pueden refrendar".
Se pudo conocer que Nexia Auditores Panamá presentó la propuesta más económica: $490,969.95, unos $45,000 más baja que la de Deloitte, a quien se la adjudicaron a pesar de ofrecer su servicio por $534,400.29.
La licitación para contratar el servicio de auditoría externa en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., es para tres años 2020 a 2022 y participaron, además de Deloitte Inc., y Nexia Auditores Panamá, las empresas Ernest & Young Limited Corp., y BDO Audit S.A.
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Ya hay un precedente
El Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (TACP) ya ha establecido que un requisito como el que fue impuesto por Tocumen S.A., es discriminatorio.
La decisión de ese tribunal es parte de un fallo emitido el 8 de agosto de 2019, en relación con un pliego de cargos diseñado por Metro de Panamá S.A., que fue impugnado por tener una cláusula idéntica a la exigida por Tocumen, S.A.
Ese requisito limita la participación del acto público objeto de estudio de la mayor cantidad de interesados, en igualdad de condiciones, siendo contrario al principio de igualdad de los proponentes y libre concurrencia, puesto que debe prevalecer en el pliego de cargos, sentenció el TACP.